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ÑORQUINCÓ: El ejecutivo defiende la desvinculación de Toledo

Fuentes del gobierno municipal de Ñorquinco afirmaron que no la echaron por ser de JSRN, sino que “fue corrida de su cargo al frente del Contralor por pertenecer a una banca política , y encabezar otra lista para las elecciones”.

(LSN) Amparándose en el artículo 25 de la Constitución de Río Negro que habla del pedido de revocación de mandato  cuando se “invocare y probare una violación ostensible y grave de la plataforma electoral”, desde el ejecutivo defienden la desvinculación de la titular del Contralor y candidata a intendenta por JSRN, Corina Toledo

Constitución de Río Negro Artículo 25. Titularidad de las bancas:

Las bancas de toda representación política legislativa, provincial o municipal pertenecen a los partidos políticos que la nominaron conforme a la Ley que lo reglamente.

A solicitud del órgano deliberaivo máximo partidario provincial se podrá requerir la revocación del mandato de un representante y su sustitución por el suplente correspondiente ante la justicia electoral, la que hará lugar al pedido cuando se invocare y probare una violación ostensible y grave de la plataforma electoral.

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Marina Andrés Verdecchia

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